caiptlax tresLa CAIPTLAX, logra que el Órgano de Control Interno multe con veinte días de salario mínimo al Presidente Municipal de Santa Cruz Quilehtla, luego de hacer caso omiso a la resolución dictada en el recurso de revisión 07/2015-P-1 emitido por el Órgano Garante.

Tlaxcala, Tlax.-El Pleno de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (CAIPTLAX) requirió al Ayuntamiento de Santa Cruz Quilehtla dar cumplimiento a la resolución del veinticinco de marzo de dos mil quince, apercibiéndolo de que en caso de no cumplir con la entrega de información se daría vista al Órgano de Control Interno, situación que aconteció el pasado tres de julio del 2015 y que concluyo con la multa antes mencionada.

El particular pidió información referente a los planes y programas de gobierno, el presupuesto de egresos, información contenida en su cuenta pública, balance general, estados de ingresos y egresos, los resultados de las auditorías practicadas, lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación, contratos de obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, estructura orgánica, reglamento interno, manuales de organización del dos mil catorce y dos mil quince.

Es de celebrar que con acciones como esta, CAIPTLAX encabezada este año por el Comisionado Presidente Edgar González Romano, está garantizando el derecho de acceso a la información pública y busca concientizar a los servidores públicos, ya que, al provenir sus remuneraciones del erario, deben entender que están sujetos al escrutinio de la sociedad respecto de la forma en que desempeñan el quehacer que les fue encomendado.
Finalmente, durante la tercera sesión ordinaria, celebrada el pasado catorce de enero el Órgano Garante determinó la conclusión y archivo del recurso de revisión toda vez que el pasado tres de noviembre el sujeto obligado remitió mediante oficio a esta comisión copia certificada de la resolución emitida por el Órgano de Control Interno dentro del procedimiento de Responsabilidad Administrativa con número 02/2015 y con anexo de tres discos compactos con la información solicitada inicialmente por el particular. (Boletín)