Sesión Extraordinaria TET De acuerdo con el cómputo realizado por el consejo municipal electoral, la elección quedó empatada entre los candidatos del PRD y del PT en esa presidencia de comunidad.

Tlaxcala, Tlax.- El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) aprobó la realización de una diligencia de verificación de votos nulos de la elección de presidente de comunidad de San Miguel Tlamahuco, municipio de Totolac, después de que el cómputo realizado por el concejo municipal electoral de esa jurisdicción derivó en un empate entre los candidatos de los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y del Trabajo (PT).

El proyecto de resolución fue presentado por la ponencia del magistrado Hugo Morales Alanís, quien propuso el acuerdo plenario relativo al juicio electoral TET-JE-233/2016, promovido por Julio César Pérez Sánchez, en su carácter de representante propietario del PRD ante el consejo municipal electoral de Totolac.

“La ponencia considera como medida idónea, tendiente a garantizar una debida y exhaustiva impartición de justicia, poner a consideración del Pleno la propuesta de realizar una diligencia de verificación de votos nulos en las casillas 514 básica y 514 contigua uno, mismas que son materia de la elección impugnada”, estableció la parte medular del acuerdo aprobado por unanimidad de votos.

El magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle consideró que la medida adoptada por el Pleno del Tribunal es la idónea para verificar si los votos nulos fueron debidamente calificados por la autoridad electoral, sin que ello signifique la realización de un recuento de votos o un nuevo escrutinio y cómputo.

Por otra parte, el Pleno del Tribunal declaró inexistente las violaciones a la ley electoral por parte de la ex candidata del PRD al gobierno estatal, Lorena Cuéllar Cisneros, atribuidas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) dentro del expediente TET-PES-258/2016.

La parte denunciante adujo que mediante el uso de un evento religioso la otrora candidata realizó propaganda de carácter electoral para apoyar su candidatura, sin embargo, sólo ofreció como prueba una nota periodística publicada en la página de internet de un periódico digital, circunstancia que solo aportó indicios sobre los hechos.

En esa circunstancia, y toda vez que el valor probatorio de la nota periodística se vio mermado debido a que en la imagen de la nota informativa no se aprecia en forma alguna la promoción denunciada, los magistrados electorales declararon inexistentes los hechos.

El mismo destino tuvieron los recursos interpuestos por el PRI en los procedimientos especiales sancionadores que se encontraban en los expedientes 255, 256, 257, 259 y 260, que fueron formados en contra de diversos funcionarios públicos, entre ellos los diputados Juan Ascención Calyecac Cortero, Eréndira Jiménez Montiel y el presidente municipal de Zacualpan, Isidro Nohpal García, donde las pruebas aportadas sólo fueron indicios que no corroboraron violación alguna de la ley electoral. (Boletín)