Lamenta fallo de la Corte sobre actas de nacimiento de personas transgénero

aaawwwddOnce Noticias.- La organización Amicus lamentó la decisión de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al declarar inexistente la Contradicción de Tesis 130/2018, respecto a la adecuación o rectificación de actas de nacimiento de las personas transexuales.

La asociación con sede en Guanajuato expuso que si bien la Primera Sala no se pronunció sobre el fondo de dicho asunto y no convalida de manera explícita la necesidad de acudir a un juicio para el reconocimiento de identidad de género, sí deja pasar la oportunidad de confirmar que, para ello, debe utilizarse un procedimiento administrativo.

Lo anterior, detalló, significa que pudo haberse reafirmado y consolidado como obligatorio para todos los tribunales del país lo sostenido en el amparo de revisión 1317/2017, en el que se determinó que la vía administrativa es la mejor opción para la adecuación de actas de nacimiento de personas trans y no el agotamiento de un proceso jurisdiccional.

De forma que, aunque existe un antecedente en la Primera Sala del alto tribunal que considera la vía administrativa como la adecuada, esa postura aún no ha integrado la jurisprudencia, sino que permanece como un criterio aislado.

En ese sentido, dicho precedente continuará sólo con su carácter orientador, no obligatorio; por tanto, los órganos inferiores (como los tribunales colegiados de Guanajuato, que han generalizado la jurisprudencia en el sentido de obligar a las personas trans a agotar un juicio) no deben atenderlo de manera forzada en sus resoluciones, sino que es optativo.

Por ello, consideró trascendental examinar de fondo el asunto, se decidiera que debe prevalecer el procedimiento administrativo y se reafirmara la decisión de octubre pasado mediante la emisión de jurisprudencia, siguiendo lo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su Opinión Consultiva 24/2017.