La actora recurrió a la máxima instancia jurisdiccional electoral, al considerar que se vulneraron los principios de legitimidad democrática y paridad flexible, ya que ella obtuvo más votos que el candidato hombre a quien se le asignó el cargo, por otro lado, alegó la elegibilidad de las personas ganadoras.
La mayoría de los integrantes de la Sala Superior, consideraron que una medida afirmativa en favor de las mujeres fue aplicada en perjuicio de la actora, por lo que, a partir de este criterio, revocó la sentencia reclamada y en consecuencia el acuerdo de asignación del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), para efecto de que dicho órgano asigne una magistratura a la actora, previa revisión de los requisitos de elegibilidad.
Con esto, la Sala Superior en plenitud de jurisdicción, fija un nuevo criterio en cuanto al a la aplicación de esta medida afirmativa, en favor de las mujeres. (Boletín)