De acuerdo con la modificación, la Secretaría de Gobernación proporcionará al Instituto Nacional Electoral, la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales.
Lo anterior, en los términos previstos por la ley. Igualmente podrá proporcionarla a las demás dependencias y entidades públicas que la requieran para el ejercicio de sus atribuciones.
Anteriormente, la Segob proporcionaba dichos datos al entonces Instituto Federal Electoral.