La resolución del Pleno del TET se realizó tomando en cuenta las directrices de la ejecutoria judicial, dictada dentro del juicio de amparo directo laboral 851/2019, por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito,
Al probar las excepciones dentro del juicio TET-JCDL-083/2019, los magistrados José Lumbreras, Miguel Nava y la magistrada Claudia Salvador determinaron absolver al TET de reinstalar al ex trabajador y de pagarle los salarios caídos reclamados.
“Se absuelve al Tribunal Electoral de Tlaxcala del pago al actor de las prestaciones consistentes en: seis de vacaciones, salario devengado del día 16 de febrero de 2018, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, bonos y demás prestaciones que haya dejado de percibir con motivo del despido injustificado del que se dijo objeto el actor hasta que sea completamente reinstalado como si la relación laboral no hubiese sido suspendido, tal y como lo reclamó, así como los 20 días de salario por cada año laborado”, aprobó el Pleno en su nueva resolución. (Boletín)