Este lunes 15 de febrero inicia la recepción de documentos en el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), de las y los interesados en participar en el proceso de selección.

Tlaxcala, Talx.- De los 450 integrantes propietarios y 450 suplentes de los Consejos Distritales y Municipales para el Proceso Electoral Local 2015-2016.

Luego de que el pasado miércoles por unanimidad de votos el Consejo General del ITE aprobara la convocatoria para integrar los órganos colegiados que darán seguimiento al Proceso Electoral local, la Presidenta del organismo, Elizabeth Piedras Martínez, informó que del lunes 15 al viernes 19 de febrero, en las instalaciones del organismo, las y los interesados en participar en este proceso de selección deberán entregar la documentación requerida en un horario de 9:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas.

Al respecto, Elizabeth Piedras dijo que el proceso de selección tiene como propósito designar a las y los funcionarios electorales integrantes de 15 Consejos Distritales y 60 Consejos Municipales Electorales que darán seguimiento a la preparación de los comicios locales del presente año, en las que el 5 de junio se elegirá al gobernador o gobernadora, legisladores locales, integrantes de ayuntamientos y presidencias de comunidad.

Para participar en el proceso de selección, las y los interesados deberán presentar entre el lunes 15 y viernes 19 de febrero, la siguiente documentación en las instalaciones del ITE:

Curriculum Vitae, el cual deberá contener nombre y apellidos completos, domicilio, teléfonos y correo electrónico, estudios realizados, trayectoria laboral, académica, política, docente y profesional, publicaciones, actividad empresarial, cargos de elección popular, participación comunitaria o ciudadana y el carácter de dicha participación, en su caso, probar la experiencia y conocimientos en el ámbito electoral.

II. Original y copia fotostática del acta de nacimiento;

III. Original y copia por ambos lados de la credencial para votar con fotografía, preferentemente del distrito o municipio correspondiente;

IV. Original y copia de comprobante de domicilio, no mayor a 3 meses (recibo de luz, agua, teléfono o constancia de radicación) preferentemente, correspondiente al distrito electoral o municipio al que pertenezca;

V. Declaración bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste:
• No haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiere sido de carácter no intencional o imprudencial.
• No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación.
• No haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.
• No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local.
• Tener residencia, con dos años de antigüedad, en el estado de Tlaxcala.

VI. En su caso, las publicaciones, certificados, comprobantes con valor curricular, constancias de haber participado en un proceso electoral, u otros documentos que acrediten que cuenta con los conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones;

VII. El/la participante presentará un escrito de dos cuartillas como máximo, en el que exprese las razones por las cuales aspira a ser designado/a Presidente/a, Secretario/a o Consejero/a;

VIII. En su caso, original y copia de su título o cédula profesional o documento que acredite su perfil profesional;

IX. En caso de designación se solicitarán los siguientes documentos:
• Original y copia fotostática de CURP.
• Copia de RFC con homoclave.
• Carta de antecedentes no penales.
• Constancia de no inhabilitado.
• Constancia de radicación.

Cabe señalar que el proceso de selección de quienes ocuparán los cargos de Presidente, Secretario y Consejeros Electorales Distritales y Municipales, consiste en varias etapas, por lo que después de que las interesadas e interesados presenten su documentación se desarrollarán las etapas de valoración curricular y entrevistas para que el próximo 15 de marzo sean designados las y los integrantes propietarios y suplentes de estos órganos colegiados.