El ISSSTE los retiró, pese a haber obtenido en 2013 el primer lugar en la categoría federal del Premio a la Innovación en Transparencia para la Mejora de la Gestión Institucional, con su publicación.

Tlaxcala, Tlaxcala.- El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deberá habilitar nuevamente en su página electrónica el "Padrón de Pensionados y Jubilados" y el "Padrón de Derechohabientes", instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

En respuesta a la solicitud de acceso que presentó un particular, el ISSSTE señaló que los padrones en cuestión contenían información confidencial, en términos del artículo 18, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG)

Inconforme por la negativa de acceso, el particular interpuso un recurso de revisión ante el IFAI, argumentando que dichos padrones fueron publicados en 2013 por el propio sujeto obligado, a través de una página electrónica en Internet, adicional a que el ISSSTE, por su publicación, resultó ganador del primer lugar en la categoría federal del Premio a la Innovación en Transparencia para la Mejora de la Gestión Institucional, otorgado en el marco de la 10ª Semana Nacional de Transparencia en 2013.

Durante la substanciación del caso, el ISSSTE reiteró la clasificación como confidencial, sin ahondar en los contenidos de los padrones, ni en las razones por las cuales ya no se encontraban disponibles.

En el análisis del asunto, que fue turnado a la ponencia de la comisionada presidenta Ximena Puente de la Mora para su atención, mediante la revisión de un documento entregado por el propio ISSSTE al IFAI para presentar su proyecto durante el desarrollo del Premio referido al que se hizo acreedor, fue posible verificar que los padrones estuvieron accesibles para su consulta, en una página de Internet del sujeto obligado en 2012 y 2013, en la que se encontraba un apartado denominado "Transparencia", mismo que hoy en día no se encuentra disponible en dicho portal electrónico.

Asimismo, en el estudio del caso se hizo alusión a que, previo a la publicación de los datos que conforman los padrones, en septiembre de 2012, el sujeto obligado solicitó al IFAI que emitiera una opinión para determinar si estos dos bases de datos cumplían con el carácter público y obedecían a la protección de datos personales. Al respecto, el Instituto se pronunció en sentido positivo en cuanto a que la información contenida en las mismas podía hacerse pública.

En la resolución se argumentó que si bien los sujetos obligados tienen el deber de proteger los datos personales de acuerdo con la LFTAIPG, también la misma prevé que cuando se trate del ejercicio de recursos públicos, las entidades y dependencias deberán difundir la información referente a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, estos recursos.

Por ello, dado que los montos otorgados a los pensionados y derechohabientes del ISSSTE implican erogación de recursos públicos, los nombres de éstos, las cantidades y porcentajes que les son pagados, así como los demás datos que conforman dichos padrones deben ser públicos.

La comisionada ponente enfatizó la importancia de que estas dos bases de datos vuelvan a estar a disposición de las personas, en el sitio de Internet que se había destinado para ello, porque se trata de

información que contribuye a la rendición de cuentas y que impulsa y fortalece una política de transparencia proactiva y de gobierno abierto, que resulta acorde al Plan de Acción 2013-2015 presentado por México en la Alianza para el Gobierno Abierto.

Por lo anterior, a propuesta de la comisionada presidenta Ximena Puente de la Mora, el Pleno del IFAI modificó la respuesta e instruyó al ISSSTE a habilitar ambos padrones en la página correspondiente, tal como se encontraban publicados con anterioridad, informando al recurrente la ruta exacta para poder acceder a la información.

Asimismo, por el comportamiento observado contrario a una política de transparencia proactiva y de gobierno abierto, el Pleno dispuso dar vista al Órgano Interno de Control del sujeto obligado, para que realice las investigaciones correspondientes. (Boletín)