Este señala que se otorgan beneficios fiscales para que los constructores que enajenen a plazo bienes inmuebles destinados a casa habitación y se puedan considerar como ingreso obtenido en el ejercicio, únicamente la parte del precio exigible durante el mismo.
También, indica que se ofrece un esquema de regularización de adeudos por concepto de pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) causado por los servicios parciales de construcción destinados a casa habitación, proporcionados hasta el Ejercicio Fiscal de 2014.
Así mismo, la dependencia dijo que la aplicación de estos beneficios no dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo